FUNCIONARIOS MILITARES. ASCENSOS. RETIROS




Promulgación: 01/02/1919
Publicación: 06/02/1919
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1919
  •    Página: 165
Referencias a toda la norma

CAPITULO II
De las situaciones militares

Artículo 16

   En todos los casos de retiro, los servicios serán calificados, con excepción de lo previsto en el artículo 13.
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