OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. CATALINA RAVENTOS




Promulgación: 24/07/1918
Publicación: 23/08/1918
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 1

   Acuérdase por gracia especial a la señora Catalina Raventós, viuda de don Florencio Sánchez, una pensión alimenticia e inembargable de ochocientos cuarenta pesos anuales, quedando sin efecto la que actualmente percibe.

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 9.826 de 17/05/1939 artículo 1.

Artículo 2

   Comuníquese, etc.-

VIERA - FEDERICO R. VIDIELLA
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