CONCORDATOS. SUSPENSION




Promulgación: 19/07/1918
Publicación: 22/07/1918
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1918
  •    Página: 995

Artículo 1

   Suspéndese por un año más, a contar desde el 25 de Enero de 1919, la obligación prescripta por el artículo 3° de la ley de 25 de Enero de 1916, referente a concordatos preventivos judiciales.

VIERA - RODOLFO MEZZERA - FEDERICO R. VIDIELLA
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