{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "5588" 
  ,"anioNorma" : 1917 
  ,"nombreNorma" : "COMPUTO DE SERVICIOS A EFECTOS JUBILATORIOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1917/06/21/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "15/06/1917" 
  ,"fechaPublicacion" : "21/06/1917" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/5588-1917/1" 
 ,"textoArticulo" : "    El Poder Ejecutivo otorgará la jubilación al Profesor de Esgrima don Enrique Casati, concediéndole el privilegio que otorga a los profesores universitarios el artículo 18 de la ley de Jubilaciones y Pensiones Civiles, computándole los servicios prestados en los Regimientos de Caballería desde Septiembre de 1898 hasta Abril de 1903, debiendo reintegrar los montepíos correspondientes. " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/5588-1917/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.- " 
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  ,"firmantes" : " VIERA - FEDERICO R. VIDIELLA " 
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