PRESUPUESTO




Promulgación: 01/07/1916
Publicación: 12/07/1916
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1916
  •    Página: 508

Artículo 17

   De las mercaderías decomisadas y de las multas que se impongan por defraudación del impuesto sobre especialidades farmacéuticas, creado por la ley de 2 de Marzo de 1910, se adjudicará el 50% a los denunciantes y el 25% a los procuradores; a estos últimos siempre que tengan intervención en su cobro.
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