PRESUPUESTO




Promulgación: 01/07/1916
Publicación: 12/07/1916
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1916
  •    Página: 508

Artículo 13

   Los empleados de las reparticiones que dependan del Ministerio de Hacienda podrán ser removidos por el Poder Ejecutivo de un cargo a otro, sin alterar sus sueldos, y siempre que se les conserve igual categoría.
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