El alumno que justifique haber sido aprobado en todas las materias del plan de estudios de enseñanza secundaria, será exonerado de rendir exámenes de las siguientes materias, indicadas en los artículos 1° y 2°: Francés, Dibujo, Inglés o Alemán (si los hubiese dado en Secundaria), Historia Universal, Americana y Nacional, Taquigrafía y Caligrafía (respecto a estas dos últimas es facultativo del Consejo de Comercio la exoneración).