{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "4844" 
  ,"anioNorma" : 1914 
  ,"nombreNorma" : "ENSEÑANZA. AYUDANTIAS. CREACION" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1914/05/07/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "28/04/1914" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/05/1914" 
  , "vistos" : " Créanse para todo el país ayudantías de primer y segundo grado; se \r\nestablece que el Poder Ejecutivo ubicará las mencionadas ayudantías y \r\ncursos nocturnos para adultos según las necesidades de la enseñanza y \r\ndespués de recabar los informes correspondientes de la Dirección de \r\nInstrucción Pública.\r\n " 
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