CAJAS DE JUBILACIONES. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA




Promulgación: 03/10/1913
Publicación: 04/10/1913

Resumen:

Autorízase a las Cajas de Jubilaciones y Pensiones Civiles, de Pensiones 
y Retiros Militares y Pensiones Escolares para enajenar títulos de Deuda 
Externa al Estado y para adquirir sin previa licitación títulos de Deuda 
Pública Nacional, con la intervención del Banco de la República Oriental 
del Uruguay (BROU), fijándose precios mínimos de venta y máximos de 
adquisición de dichos valores.



		
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