{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "3914" 
  ,"anioNorma" : 1911 
  ,"nombreNorma" : "PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. ESTACIONES AGRONOMICAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1911/10/05/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "30/09/1911" 
  ,"fechaPublicacion" : "05/10/1911" 
  , "vistos" : " Autorízase al Poder Ejecutivo para crear en los departamentos de campaña \r\nque juzgue más apropiados, el número que se establece de Estaciones Agronómicas, con sus correspondientes Granjas Modelos. Créanse puestos de trabajo cuyo presupuesto será imputado a Rentas Generales y para la \r\nprovisión de fondos, destinados a solventar las expropiaciones necesarias para las instalaciones de dichas estaciones agronómicas, el Poder \r\nEjecutivo podrá contratar préstamos bancarios de preferencia realizados \r\ncon el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU). " 
  ,"referenciasNorma" : " <b><font color=\"#0000FF\">Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):</font></b> Ley Nº 5.648 de 21/03/1918 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/5648-1918/1\" >1</a>.\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "  " 
 }