{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "2682" 
  ,"anioNorma" : 1901 
  ,"nombreNorma" : "IMPUESTO DE HERENCIAS. CESION DE DERECHOS HEREDITARIOS. DEROGACION" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
      ,"urlImagenArmandUgon" : "/armandugon/24/10?carfin=11"

								  ,"tomoArmandUgon" : "24"

								  ,"paginaInicialArmandUgon" : "10"

								  ,"paginaFinalArmandUgon" : "11"

								 ,"fechaPromulgacion" : "27/04/1901" 
  , "vistos" : " Derógase el artículo 33 de la Ley Nº 2.246 que establecía la obligación de los Escribanos públicos de controlar el certificado de pago del impuesto de Herencias para la cesión de derechos hereditarios; sobre el cesionario gravitarán las mismas obligaciones que dicha ley imponía al cedente. " 
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