{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "2570" 
  ,"anioNorma" : 1898 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE IMPUESTO. PATENTES DE GIRO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
      ,"urlImagenArmandUgon" : "/armandugon/22/322?carfin=332"

								  ,"tomoArmandUgon" : "22"

								  ,"paginaInicialArmandUgon" : "322"

								  ,"paginaFinalArmandUgon" : "332"

								 ,"fechaPromulgacion" : "10/11/1898" 
  , "vistos" : " Dispónese que todas las personas, dentro de los departamentos de la\r\ncampaña, que ejerzan una industria, comercio, oficio o profesión pagarán\r\nel impuesto a patentes en el año económico 1898 - 1899, divididas en patentes fijas y patentes proporcionales, individualizándose en cada caso los sujetos pasivos, las categorías y cuotas contributivas.\r\n " 
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  ,"firmantes" : "  " 
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