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								 ,"fechaPromulgacion" : "23/06/1898" 
  , "vistos" : " Dispónese que los empleos de Jueces Militares de Instrucción y de\r\nFiscales Militares, podrán ser desempeñados por jefes del Ejército, desde\r\nel grado de Sargento Mayor a Coronel. Deróganse los incisos 3º y 4º del artículo 697 del Código Militar. " 
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