JUBILACIONES Y PENSIONES. POLICIA Y CUERPO DE BOMBEROS





Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros:
   Tomo: 19
   Página Inicial: 235
   Página Final: 236

Promulgación: 09/05/1892

Resumen:

Determínase las pensiones que puedan corresponderles a los empleados policiales y del Cuerpo de Bomberos, en caso de invalidez, así como a
las viudas e hijos y las madres viudas en el caso de fallecimiento por accidente de servicio en cumplimiento de sus deberes.

Artículo 1

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas):
      Ley Nº 2.852 de 17/07/1903 artículo 1,
      Ley Nº 2.833 de 10/07/1903 artículo 1.

Artículo 3

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Ley Nº 7.698 de 26/03/1924 
artículo 3.

Artículo 4

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Ley Nº 7.698 de 26/03/1924 
artículo 3.


		
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