El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 11 - Ministerio de Educación y Cultura
Artículo 192
Sustitúyese el artículo 15 de la Ley N° 19.252, de 28 de agosto de 2014, por el siguiente:
"ARTÍCULO 15.- Para participar en los Premios Nacionales de Literatura
con obras inéditas, se deberá cumplir con todos los requisitos
establecidos en las bases del concurso. Las obras que postulen en las
categorías poesía, narrativa, dramaturgia, literatura infantil y
juvenil deberán presentarse bajo seudónimo y, tal como se indica,
deberán ser estrictamente inéditas.
Tampoco podrán estar comprometidas para su publicación por ningún
medio, incluida la web.
Aquellas obras que se encuentren publicadas en repositorios web no
serán consideradas obras éditas".