El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 12
(Prerrogativa especial).- Autorízase al Banco de Previsión Social a otorgar convenios de facilidades de pago en moneda nacional por obligaciones personales de los trabajadores no dependientes, incluyendo obligaciones correspondientes al Fondo Nacional de Salud (FONASA) por Servicios Personales, conforme a lo previsto por los artículos 32 al 34 del Código Tributario, a empresas unipersonales y sociedades de hecho sin dependientes.