El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
Los efectivos y medios mencionados en el artículo anterior podrán participar en todas las actividades programadas, incluyendo la exhibición aérea de la Patrulla ASPA y las actividades protocolares y diplomáticas establecidas de común acuerdo entre el Ministerio de Defensa Nacional y las autoridades españolas.