PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2025-2029




Promulgación: 16/12/2025
Publicación: 08/01/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV - Incisos de la Administración Central
INCISO 02 - Presidencia de la República

Artículo 67

   Reasígnase del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", programa 488 "Administración Financiera", unidad ejecutora 001 "Dir. Gral. Secretaría del Mrio. de Economía y Finanzas", Financiación 1.1 "Rentas Generales", objeto del gasto 099.001 "Partida Proyectada", al Inciso 02 "Presidencia de la República", programa 484 "Política de gobierno electrónico", unidad ejecutora 010 "Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento" (AGESIC), Proyecto 000 "Funcionamiento", Financiación 1.1 "Rentas Generales", una partida por única vez de $ 2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos uruguayos) en el Ejercicio 2026, destinada a la creación de un programa para fomentar la incorporación de intérpretes de Lengua de Señas Uruguayas (LSU) por vía virtual.

   El programa priorizará la atención en el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU), el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), la Agencia Nacional de Vivienda (ANV), el Correo Uruguayo y el Ministerio del Interior, y contará para su ejecución con el asesoramiento técnico de la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).
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