PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2025-2029




Promulgación: 16/12/2025
Publicación: 08/01/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN V - Organismos del artículo 220 de la Constitución de la República
INCISO 29 - Administración de los Servicios de Salud del Estado

Artículo 530

   Asígnase en el Inciso 29 "Administración de los Servicios de Salud del Estado", programa 440 "Atención integral de la salud", unidad ejecutora 068 "Administración de Servicios de Salud del Estado", Proyecto 000 "Funcionamiento", Financiación 1.1 "Rentas Generales", una partida anual de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, en el objeto del gasto 098.000 "Serv. personales para uso excl. Entes Descentr. Pto. Nal.", con destino a la transformación de cargos existentes de auxiliares de servicio en auxiliares de enfermería y cargos de auxiliares de enfermería en licenciados de enfermería, o bien a la provisión de cargos vacantes.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).
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