SECCIÓN V - Organismos del artículo 220 de la Constitución de la República INCISO 27 - Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay
Artículo 515
Asígnase en el Inciso 27 "Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay", programa 404 "Atención integral a la primera infancia", unidad ejecutora 001 "Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay", Proyecto 133 "Transferencias a las Organizaciones de la Sociedad Civil", Financiación 1.1 "Rentas Generales", objeto del gasto 289.001 "Prestaciones por convenios CAIF - parcial", una partida anual equivalente a 106.800 UR (ciento seis mil ochocientas unidades reajustables) con destino a financiar los gastos de funcionamiento en centros de primera infancia.