PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2025-2029




Promulgación: 16/12/2025
Publicación: 08/01/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV - Incisos de la Administración Central
INCISO 13 - Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Artículo 407

   Asígnase en el Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social", programa 501 "Relaciones y condiciones laborales", en la Financiación 1.1 "Rentas Generales", las siguientes partidas en pesos uruguayos, en las unidades ejecutoras, proyectos, objetos del gasto, montos y ejercicios que se detallan:

UE
Proyecto
ODG
2026
2027
2028
2029
001
000
299.000
2.000.000
2.000.000
2.000.000
2.000.000
004
000
299.000
1.000.000
1.000.000
1.000.000
1.000.000
001
973
799.000
0
5.000.000
5.000.000
5.000.000
001
972
799.000
0
6.000.000
6.000.000
6.000.000
La asignación dispuesta en el inciso anterior se destinará a mejorar la atención y acercar los servicios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a la población del interior del país, instalando centros regionales, acondicionando la infraestructura y aumentando la cantidad de puestos de atención ciudadana que permitan la territorialización de las políticas de trabajo y de empleo para la contribución al desarrollo productivo de las economías locales.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).
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