SECCIÓN IV - Incisos de la Administración Central INCISO 13 - Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Artículo 407
Asígnase en el Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social", programa 501 "Relaciones y condiciones laborales", en la Financiación 1.1 "Rentas Generales", las siguientes partidas en pesos uruguayos, en las unidades ejecutoras, proyectos, objetos del gasto, montos y ejercicios que se detallan:
UE
Proyecto
ODG
2026
2027
2028
2029
001
000
299.000
2.000.000
2.000.000
2.000.000
2.000.000
004
000
299.000
1.000.000
1.000.000
1.000.000
1.000.000
001
973
799.000
0
5.000.000
5.000.000
5.000.000
001
972
799.000
0
6.000.000
6.000.000
6.000.000
La asignación dispuesta en el inciso anterior se destinará a mejorar la atención y acercar los servicios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a la población del interior del país, instalando centros regionales, acondicionando la infraestructura y aumentando la cantidad de puestos de atención ciudadana que permitan la territorialización de las políticas de trabajo y de empleo para la contribución al desarrollo productivo de las economías locales.