SECCIÓN IV - Incisos de la Administración Central INCISO 07 - Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
Artículo 233
Autorízase al Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca" a celebrar acuerdos concediendo quitas en intereses o capital por resolución fundada, respecto de aquellos créditos que existan por la ejecución de multas o tasas, y que se encuentren próximos a su extinción.
Se entenderá próximo a su extinción el crédito sobre el cual se haya verificado la última reinscripción registral posible del gravamen correspondiente.