SECCIÓN IV - Incisos de la Administración Central INCISO 05 - Ministerio de Economía y Finanzas
Artículo 161
Los actos administrativos firmes dictados por la Unidad Defensa del Consumidor, que contengan obligación de pagar cantidad líquida y exigible a cargo de los proveedores, constituirán título ejecutivo, sin necesidad de intimación judicial previa, ni de otro requisito. (*)