El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 8
(Exención de responsabilidad).- No cometerán delito y estarán exentos de responsabilidad penal, civil y de cualquier otra índole el médico y los demás integrantes del equipo asistencial que presten asistencia a quien pida ayuda para morir y actúen de acuerdo con las disposiciones de la presente ley.