CREACION DEL REGIMEN ESPECIAL DE COMERCIO DE FRONTERA EN LAS ZONAS FRONTERIZAS DEL PAIS




Promulgación: 22/08/2025
Publicación: 03/09/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

CAPÍTULO 1 - RÉGIMEN ESPECIAL DE COMERCIO DE FRONTERA

Artículo 5

   El Poder Ejecutivo determinará la extensión y límites de las zonas fronterizas, las que estarán ubicadas en un radio de hasta 60 (sesenta) kilómetros de los pasos de frontera terrestre, pudiendo limitar su alcance a determinadas zonas geográficas dentro de dicho radio.
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