APROBACION DE LA RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCIÓN PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2024




Promulgación: 31/07/2025
Publicación: 11/08/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

SECCIÓN V - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 7

   A los efectos de lo dispuesto por el numeral 6°) del artículo 85 de la Constitución de la República, se autoriza al Gobierno Central a contraer un total de endeudamiento neto para el Ejercicio 2025, que no podrá superar el equivalente a U$S 3.450:000.000 (dólares de los Estados Unidos de América tres mil cuatrocientos cincuenta millones).

   Resultarán aplicables, en lo pertinente, las disposiciones contenidas en los artículos 697 a 701 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020.

   Lo dispuesto en este artículo regirá hasta la aprobación del próximo Presupuesto Nacional.
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