El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 145/025 de 08/07/2025.
CAPÍTULO II - CONDICIONES COMUNES A LAS FORMAS DE TRABAJO DEPENDIENTE Y AUTÓNOMO
Artículo 12
(Capacitación).- Las empresas deberán capacitar a los trabajadores previo al inicio de la relación laboral. Dicha capacitación comprenderá el conocimiento de las normas de tránsito, así como las concernientes a la seguridad personal, salubridad e higiene para los casos de transporte y reparto de sustancias alimenticias, farmacéuticas o similares, sin perjuicio de lo ya establecido en la reglamentación específica para la actividad.