{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "20374" 
  ,"anioNorma" : 2024 
  ,"nombreNorma" : "REGULACION DEL ACCESO AL DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO INTEGRAL DE LA ENDOMETRIOSIS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2024/10/02/20" 
    ,"fechaPromulgacion" : "24/09/2024" 
  ,"fechaPublicacion" : "02/10/2024" 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Reglamentada por:</b> Decreto <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/72-2026\" >Nº 72/026</a> de 27/03/2026.\r\n " 
  ,"vistos" : "  " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/20374-2024/1" 
 ,"textoArticulo" : "    (Objeto).- El presente proyecto de ley tiene por objeto la regulación del acceso al diagnóstico y tratamiento integral de la endometriosis.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/20374-2024/2" 
 ,"textoArticulo" : "    (Definición).- A los efectos de la presente ley, entiéndese la endometriosis como una enfermedad inflamatoria, crónica y sistémica, caracterizada por la presencia de tejido similar al endometrio ubicado fuera del útero.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/20374-2024/3" 
 ,"textoArticulo" : "    (Categorización).- Declárase la endometriosis como enfermedad crónica, en tanto puede afectar parcial o totalmente la autonomía de las personas que la padecen y tener un impacto significativo en su calidad de vida física, emocional y mental.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/20374-2024/4" 
 ,"textoArticulo" : "    (Día de la Endometriosis).- Se reconoce el día 14 de marzo de cada año como el Día Mundial de la Endometriosis, con el objetivo de visibilizar esta enfermedad, sensibilizar a la población sobre sus síntomas y consecuencias, y fomentar la investigación y la mejora de la atención integral a largo plazo para las personas que la padecen.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/20374-2024/5" 
 ,"textoArticulo" : "    (Actuación del Ministerio de Salud Pública).- En ejercicio de las competencias ya asignadas por el artículo 5° de la Ley N° 18.211, de 13 de diciembre de 2007, corresponde al Ministerio de Salud Pública (MSP):\r\n\r\nA) La promoción de la investigación sobre endometriosis, con el fin de\r\n   ampliar conocimientos en la materia que permitan contar con mejor\r\n   información, así como las que propendan a desarrollar técnicas de\r\n   diagnóstico y tratamientos.\r\n\r\nB) La capacitación del personal de la salud, para contar con recursos\r\n   humanos especializados que puedan brindar una atención integral a las\r\n   pacientes con endometriosis, conforme a los avances científicos en la\r\n   materia.\r\n\r\nC) Desarrollar y mantener datos con fines estadísticos sobre personas con\r\n   endometriosis y patologías derivadas, en base a las historias clínicas\r\n   electrónicas u otras tecnologías de información disponibles,\r\n   preservando la identidad de las personas, y dentro del marco de la\r\n   legislación vigente sobre protección de datos personales.\r\n\r\nD) Instrumentar una campaña de concientización a nivel nacional, todos\r\n   los años en el mes de marzo. La misma podrá incluir información sobre\r\n   prevención, síntomas, tratamiento y efectos colaterales de la\r\n   endometriosis, a fin de promover un mayor conocimiento de la\r\n   enfermedad que posibilite su diagnóstico temprano, control y\r\n   tratamiento adecuado e integral.\r\n\r\nE) Elaborar guías o protocolos de abordaje para pacientes con\r\n   endometriosis que abarquen a todo el personal de salud.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/20374-2024/6" 
 ,"textoArticulo" : "    (Tratamiento de la enfermedad).- El Poder Ejecutivo evaluará la incorporación al Plan Integral de Atención a la Salud (PIAS) de las prestaciones preventivas, diagnósticas y terapéuticas necesarias para el tratamiento de la endometriosis, previa realización de los estudios técnicos correspondientes que aseguren su pertinencia y viabilidad.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/20374-2024/7" 
 ,"textoArticulo" : "    (Flexibilización laboral).- Los empleadores podrán implementar, a solicitud de la persona interesada y sujeto a las recomendaciones de su médico tratante, medidas de flexibilización laboral para las personas trabajadoras diagnosticadas con endometriosis, tales como el teletrabajo, reasignación de tareas y otros acomodos razonables, atendiendo a las circunstancias del caso, conforme a lo dispuesto por el literal E) del artículo 3° de la Ley N° 19.978, de 30 de agosto de 2021.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "8" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 8" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/20374-2024/8" 
 ,"textoArticulo" : "    (Reglamentación).- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro del plazo de 120 días desde su promulgación.\r\n\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    LACALLE POU LUIS - JOSÉ SATDJIAN - MARIO ARIZT\r\n " 
 }