REGULACION PARA LA PREVENCION Y REPRESION DE LA CIBERDELINCUENCIA




Promulgación: 23/08/2024
Publicación: 25/09/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

CAPÍTULO II - MEDIDAS EDUCATIVAS

Artículo 9

   (Campaña nacional educativa).- El Poder Ejecutivo promoverá una campaña nacional educativa sobre el manejo de finanzas personales y ciberseguridad en los centros educativos dependientes de la Dirección General de Educación Secundaria y de la Dirección General de Educación Técnico-Profesional de la Administración Nacional de Educación Pública, que deberá comprender, además, a beneficiarios de prestaciones servidas por el Banco de Previsión Social, Ceibal y los programas del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional.

   Los conceptos a desarrollar deberán revisarse y actualizarse periódicamente acompasando los avances tecnológicos y serán los siguientes:

A) Medios de pago, (dinero electrónico, diferencia entre subtipos de
   tarjetas, realización de operaciones en línea y cualquier otro medio
   de pago electrónico que pudiere desarrollarse).

B) Cuentas bancarias: cajas de ahorro, cuentas corrientes, (diferencias
   entre ambas y vinculación a la Ley N° 19.210, de 29 de abril de 2014,
   y al Decreto-Ley N° 14.701, de 12 de setiembre de 1977).

C) Acceso al financiamiento: préstamos (análisis de tasas de interés,
   plazos, cálculo de cuota contra ingresos mensuales, consecuencias de
   incumplimientos).

D) Instituciones financieras: diferencia entre agentes clásicos y nuevos
   participantes, (plataformas de comercio electrónico y mensajería
   instantánea, entre otras).

E) Planificación presupuestaria: relación ahorro y consumo, costo del
   dinero.

F) Antecedentes crediticios: clearing de informes, central de riesgos del
   Banco Central del Uruguay, implicancias e impacto en acceso al
   crédito.

G) Intangibilidad del salario (límite para el endeudamiento, pago de
   prestaciones alimenticias, orden de deducciones).

H) Mecanismos de defensa al usuario financiero.

I) Canales digitales y riesgos derivados de su uso inadecuado.

J) Ejercicio de derechos en el entorno digital y aplicación de conceptos
   de autorregulación, comportamiento ético y empático en el
   ciberespacio.

K) Fraudes tendientes al acceso de datos personales y financieros, que se
   determinan según las siguientes definiciones:

1) Phishing: suplantación de identidad, técnica de ingeniería social que
   usan los ciberdelincuentes para obtener información confidencial de
   los usuarios de forma fraudulenta y así apropiarse de la identidad de
   esas personas.

2) Vishing: tipo de estafa de ingeniería social por teléfono en la que a
   través de una llamada, se suplanta la identidad de una empresa,
   organización o persona de confianza, con el fin de obtener información
   personal y sensible de la víctima.

3) Smishing: técnica que consiste en el envío de un mensaje de texto por
   parte de un ciberdelincuente a un usuario simulando ser una entidad
   legítima (red social, banco, institución pública u otros) con el
   objetivo de robarle información privada o causarle un perjuicio
   económico.

4) Malware: hace referencia al software malicioso, que afecte los
   intereses del usuario, entendiéndose software al conjunto de programas
   y rutinas que permiten a una computadora realizar determinadas
   tareas.

5) Troyano: es un programa que instala otros programas a menudo malware,
   sin consentimiento.

6) Ingeniería social: son las diferentes técnicas de manipulación que
   usan los ciberdelincuentes para obtener información confidencial de
   los usuarios, engañando a sus víctimas haciéndose pasar por otra
   persona.

L) Buenas prácticas para el uso de canales digitales (riesgos asociados a
   su utilización por parte de menores de edad, relevancia de la
   supervisión).

   Asimismo, deberá asegurarse la igualdad en el acceso a las tecnologías de la información y de la comunicación, así como la equidad de género en su uso y acceso por lo que las entidades competentes deberán desarrollar campañas de seguridad digital en todo el territorio nacional con el fin de generar espacios de formación, capacitación, sociabilización y accesibilidad en las tecnologías de la información y la educación de forma equitativa a hombres y mujeres e igualitaria en materia de generaciones y discapacidad.
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