ACUÑACION DE MONEDAS CONMEMORATIVAS DE LOS 150 AÑOS DE LA FUNDACION DE SOLIS DE MATAOJO




Promulgación: 26/07/2024
Publicación: 13/08/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 1

   Autorízase, al Banco Central del Uruguay, a proceder a la acuñación de monedas conmemorativas de los 150 años de la Fundación de Solís de Mataojo, hasta las cantidades y con las características que se determinan en los artículos siguientes.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE
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