El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 1
Autorízase, al Banco Central del Uruguay, a proceder a la acuñación de monedas conmemorativas de los 150 años de la Fundación de Solís de Mataojo, hasta las cantidades y con las características que se determinan en los artículos siguientes.