El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Artículo 4
(Control y fiscalización).- El Servicio de Material y Armamento del Ministerio de Defensa Nacional, la Dirección Nacional de Bomberos del Ministerio del Interior y los Gobiernos Departamentales, según sus respectivas competencias, controlarán y fiscalizarán el cumplimiento de las disposiciones de la presente ley.