ACUÑACION DE MONEDAS CONMEMORATIVAS ALUSIVAS A LA REINAUGURACION DEL TEATRO ESCAYOLA DE LA CIUDAD DE TACUAREMBO Y A SU 132 ANIVERSARIO




Promulgación: 14/12/2023
Publicación: 22/12/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.

Artículo 4

   Facúltase al Banco Central del Uruguay a disponer la desmonetización de las monedas, cuya acuñación se autoriza con esta ley, y la enajenación de las piezas desmonetizadas, tanto en el país como en el exterior.
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