{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "20098" 
  ,"anioNorma" : 2022 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL TRATAMIENTO ANALOGO AL DE EXPORTACION DE SERVICIOS, A LOS EFECTOS DEL IVA, APLICABLE A HOTELES PARA HOSPEDAJE DE RESIDENTES, EN EL PERIODO QUE SE DETERMINA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2022/12/14/135" 
    ,"fechaPromulgacion" : "12/12/2022" 
  ,"fechaPublicacion" : "14/12/2022" 
  ,"obsPublicacion" : "Sección: Ultimo Momento\r\n" 
  ,"vistos" : "  " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo Unico" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/20098-2022/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Los servicios prestados por hoteles relacionados con el hospedaje a residentes, dentro del período comprendido entre la fecha de promulgación de la presente ley y el 28 de febrero de 2023 inclusive, tendrán análogo tratamiento al dispuesto para la exportación de servicios a los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA).\r\n\r\n   Lo dispuesto en el inciso anterior se aplicará siempre que sus ingresos en el último ejercicio cerrado previo a la vigencia de la presente ley no hayan superado los 10.000.000 UI (diez millones de unidades indexadas) a la cotización vigente al cierre del ejercicio. En los ejercicios menores a 12 (doce) meses, se considerarán los ingresos de forma proporcional.\r\n\r\n   Se entiende por hoteles, los establecimientos inscriptos como hotel, apart-hotel, motel, hostería, establecimientos de turismo rural con alojamiento, y todo otro similar.\r\n\r\n   Este tratamiento será otorgado únicamente a los hoteles registrados ante el Ministerio de Turismo. " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/leyes/20098-2022/1?verreferencias=articulo" 
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  ] 
  ,"firmantes" : "    LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - TABARÉ VIERA " 
 }