APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2021




Promulgación: 20/10/2022
Publicación: 03/11/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN VI - OTROS INCISOS
INCISO 24 - DIVERSOS CRÉDITOS

Artículo 476

   Autorízase al Ministerio de Relaciones Exteriores, a transferir al Presupuesto del Parlamento del Mercosur, con cargo a los créditos presupuestales del Inciso 24 "Diversos Créditos", programa 480 "Ejecución de la política exterior", unidad ejecutora 006 "Ministerio de Relaciones Exteriores", objeto del gasto 581.001 "Cuota anual afiliación a Organismos Internacionales", hasta la suma de U$S 1.600.000 (un millón seiscientos mil dólares americanos) con destino al mejoramiento, remodelación y reparación de la infraestructura edilicia de la Sede del Parlamento del Mercosur, en la ciudad de Montevideo (Art. 21 PCPM, aprobado por la Ley N° 18.063, de 27 de noviembre de 2006). 

   A esos efectos deberán realizarse previamente las adecuaciones necesarias de los criterios de contribución establecidos en el Protocolo Constitutivo del Parlamento del Mercosur, determinados por Decisión del CMC, a propuesta del Parlamento del Mercosur.

   Requiérase asimismo, la regularización de uso del inmueble afectado mediante acuerdo de traspaso entre la Intendencia de Montevideo, la Cancillería y el Organismo y la aprobación del proyecto de obra a realizarse en la sede del Parlamento del Mercosur por parte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la Comisión del Patrimonio.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5 (vigencia).
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