SECCIÓN VI - OTROS INCISOS INCISO 21 - SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
Artículo 449
Increméntase en el Inciso 21 "Subsidios y Subvenciones", programa 320 "Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios", unidad ejecutora 008 "Ministerio de Industria, Energía y Minería", objeto del gasto 559.010 "Organismo Uruguayo de Acreditación", Financiación 1.1 "Rentas Generales", la suma de $ 240.000 (doscientos cuarenta mil pesos uruguayos), a partir del ejercicio 2023.(*)