PRORROGA DEL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART. 6° DE LA LEY 19.247, SOBRE TENENCIA DE ARMAS




Promulgación: 17/06/2022
Publicación: 24/06/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 1

   Prorrógase el plazo establecido en el artículo 6° de la Ley N° 19.247, de 15 de agosto de 2014, hasta el 1° de marzo de 2025.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).

   LACALLE POU LUIS - LUIS ALBERTO HEBER - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA
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