{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "20024" 
  ,"anioNorma" : 2022 
  ,"nombreNorma" : "EXONERACION DEL IVA A LAS ENAJENACIONES DE CARNE VACUNA FRESCA, CONGELADA O ENFRIADA DEL CORTE ASADO DE DIEZ A TRECE COSTILLAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2022/03/24/81" 
    ,"fechaPromulgacion" : "23/03/2022" 
  ,"fechaPublicacion" : "24/03/2022" 
  ,"obsPublicacion" : "Sección: Ultimo Momento\r\n" 
  ,"vistos" : "  " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo Unico" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/20024-2022/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Exonérase del Impuesto al Valor Agregado, por un plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la promulgación de la presente ley, a las enajenaciones de carne vacuna fresca, congelada o enfriada del corte asado de diez a trece costillas.\r\n\r\n   La exoneración se aplicará exclusivamente en la hipótesis en que el referido corte sea realizado en el frigorífico o matadero, y sean remitidos al consumo debidamente individualizados.\r\n\r\n   Facúltase al Poder Ejecutivo, a prorrogar por única vez, la exoneración prevista en la presente norma. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#FF0000\">Ver vigencia:</font></b> Decreto Nº 128/022 de 21/04/2022 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/128-2022/1\" >1</a>.\r\n" 
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  ] 
  ,"firmantes" : "    LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - FERNANDO MATTOS " 
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