APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2020




Promulgación: 03/11/2021
Publicación: 09/11/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 02 - PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Artículo 48

   Facúltase al Inciso 02 "Presidencia de la República" unidad ejecutora 008 "Oficina Nacional del Servicio Civil", a abonar a su personal compensaciones por mayor responsabilidad en el desempeño efectivo de tareas prioritarias, distintas a las de su cargo, para el cumplimiento de cometidos sustantivos, con cargos a los créditos autorizados en el objeto del gasto 042.510 "Compensación especial por funciones especiales".

   El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición previo informe favorable de la Comisión de Análisis Retributivo y Ocupacional.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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