SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 02 - PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Artículo 48
Facúltase al Inciso 02 "Presidencia de la República" unidad ejecutora 008 "Oficina Nacional del Servicio Civil", a abonar a su personal compensaciones por mayor responsabilidad en el desempeño efectivo de tareas prioritarias, distintas a las de su cargo, para el cumplimiento de cometidos sustantivos, con cargos a los créditos autorizados en el objeto del gasto 042.510 "Compensación especial por funciones especiales".
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición previo informe favorable de la Comisión de Análisis Retributivo y Ocupacional.