APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2020




Promulgación: 03/11/2021
Publicación: 09/11/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
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SECCIÓN VIII - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 341

   Establécese que las pensiones por sobrevivencia que tengan su causa en el fallecimiento del beneficiario de una pensión especial reparatoria, prevista en el artículo 11 de la Ley N° 18.033, de 13 de octubre de 2006, serán otorgadas por el Banco de Previsión Social y se tramitarán ante dicho organismo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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