SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 15 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Artículo 247
Créase en el Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social", la Unidad Ejecutora 010 "Dirección Nacional de Gestión Territorial".
Créase el cargo de particular confianza "Director Nacional de Gestión Territorial", cuya retribución será equivalente a la de los Directores de Unidad Ejecutora, de acuerdo a lo previsto por el inciso primero del artículo 16 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012.
Suprímese el cargo de particular confianza "Director Nacional de Gestión Territorial", de la unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", creado por el artículo 13 de la Ley N° 17.866, de 21 de marzo de 2005, en la redacción dada por el artículo 300 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013, y con crédito presupuestal del objeto del gasto 092.000 "Partidas globales a distribuir", de la unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", a efectos de financiar la erogación resultante de la creación dispuesta en el inciso segundo de este artículo.
El Poder Ejecutivo, en acuerdo con el Ministerio de Desarrollo Social, determinará los bienes patrimoniales y recursos humanos que se reasignarán de las unidades ejecutoras 001 "Dirección General de Secretaría" y 002 "Dirección de Desarrollo Social", a la unidad ejecutora que se crea.