SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Artículo 210
Los pases en comisión para prestar tareas de asistencia directa al Ministro de Educación y Cultura o al Subsecretario de la Cartera, al amparo de lo previsto en el artículo 32 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986, y sus modificativas, quedan exceptuados de los límites establecidos por los incisos cuarto y quinto de la citada norma, a efectos de que los mismos sean asignados a prestar tareas en la unidad ejecutora 018 "Dirección General de Registros". Se confiere a dichos jerarcas la posibilidad de incrementar en hasta un máximo, en conjunto, de veinte pases en comisión en las condiciones establecidas en la norma citada, hasta que se apruebe una reestructura en la unidad ejecutora indicada, o hasta la finalización del proyecto "DGR Digital".