SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 07 - MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
Artículo 147
Autorízase al Inciso 07 'Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca', unidad ejecutora 001 'Dirección General de
Secretaría', la contratación de personal para atender las tareas
inherentes a la preparación y ejecución del Censo General
Agropecuario, en lo relativo a tareas de encuestadores,
críticos-codificadores y supervisores de campo, las que serán
realizadas bajo la modalidad de contrato zafral, establecida en la
presente ley. La Administración establecerá las bases y condiciones
para la contratación. Se deberá prever en el caso que el número de
aspirantes así lo ameriten, una instancia de sorteo en forma previa al
inicio del procedimiento de selección a aplicar.
Las contrataciones estarán exceptuadas del procedimiento del Sistema
de Reclutamiento y Selección de la Oficina Nacional del Servicio Civil
y de lo dispuesto por el artículo 346 de la Ley N° 19.889, de 9 de
julio de 2020, y podría acumularse a otro empleo público siempre que
no superen en conjunto las sesenta horas semanales. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo 242.
Ver en esta norma, artículo:2 (vigencia).
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículo 147.