REGULACION DE POLITICAS ACTIVAS DE EMPLEO DIRIGIDAS A FAVORECER EL ACCESO A UNA ACTIVIDAD LABORAL REMUNERADA, DE LOS JOVENES ENTRE 15 Y 29 AÑOS, TRABAJADORES MAYORES DE 45 AÑOS Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD




Promulgación: 13/08/2021
Publicación: 20/08/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 308/021 de 10/09/2021.
Referencias a toda la norma

CAPITULO SEGUNDO. PROMOCION DEL TRABAJO DECENTE
SECCION UNICA

Artículo 7

   (Situaciones que ameritan protección especial).- En la promoción del trabajo decente se deberá tener especialmente en consideración:

A) La situación de los jóvenes, personas mayores de 45 años y personas
   con discapacidad provenientes de los hogares de menores recursos,
   velando especialmente por quienes se encuentren desvinculados del
   sistema educativo o tengan cargas familiares.

B) La situación de las mujeres, jóvenes, mayores de 45 años o con
   discapacidad, contemplando en los programas la posibilidad de ofrecer
   incentivos diferenciales para favorecer su contratación.

C) La situación de los trabajadores jóvenes, mayores de 45 años y
   personas con discapacidad de la economía informal, procurando la
   protección efectiva de sus derechos laborales y su incorporación al
   sistema de seguridad social.

D) La situación de los trabajadores contemplados en la presente norma por
   problemas de empleo como consecuencia de una crisis del sector de
   actividad o empresa en los que prestan sus servicios.

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