{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "19913" 
  ,"anioNorma" : 2020 
  ,"nombreNorma" : "EXONERACION DE LOS APORTES JUBILATORIOS PATRONALES A LA SEGURIDAD SOCIAL, A LAS EMPRESAS CON LOCAL DEDICADAS A LA ORGANIZACION DE FIESTAS Y EVENTOS, AGENCIAS DE VIAJES, ORGANIZADORAS DE CONGRESOS, ASI COMO AQUELLAS DE TRANSPORTE TERRESTRE DE GRUPOS TURISTICOS Y EXCURSIONES. 1° DE ABRIL DE 2020 - 31 DE MARZO DE 2021" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2020/11/06/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "30/10/2020" 
  ,"fechaPublicacion" : "06/11/2020" 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Reglamentada por:</b> Decreto <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/309-2020\" >Nº 309/020</a> de 18/11/2020.\r\n " 
  ,"vistos" : "  " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo Unico" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19913-2020/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Facúltase al Poder Ejecutivo a exonerar, a partir del 1° de abril de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2021, de los aportes patronales de seguridad social, a las empresas con local dedicadas a la organización y realización de fiestas y eventos, agencias de viajes, empresas organizadoras y proveedoras de congresos y ferias nacionales e internacionales, así como a las empresas dedicadas al transporte terrestre de grupos turísticos y excursiones, según lo determine la reglamentación.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    LACALLE POU LUIS - PABLO MIERES - AZUCENA ARBELECHE " 
 }