Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2019, con un resultado:
A) Deficitario de $ 92.652.614.000 (noventa y dos mil seiscientos
cincuenta y dos millones seiscientos catorce mil pesos uruguayos)
correspondientes a la ejecución presupuestaria.
B) Superavitario de $ 24.045.233.000 (veinticuatro mil cuarenta y cinco
millones doscientos treinta y tres mil pesos uruguayos) por concepto
de operaciones extrapresupuestarias, derivadas de la aplicación de
normas legales.
Los importes referidos precedentemente surgen de los estados demostrativos y auxiliares que acompañan a la presente ley como Anexo (*) y forman parte de la misma.
(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el
Diario Oficial correspondiente.
Declárase a efectos interpretativos que la aprobación de la presente ley lo es de las normas de presentación de los balances y no implica aval ni validación de la gestión reflejada en la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2019, cuya gestión y resultados se rechazan y condenan.
LACALLE POU LUIS - JORGE LARRAÑAGA - FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - LUIS ALBERTO HEBER - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - CARLOS MARÍA URIARTE - GERMÁN CARDOSO - IRENE MOREIRA - PABLO BARTOL