APROBACION DE LA LEY DE URGENTE CONSIDERACION. LUC. LEY DE URGENCIA




Promulgación: 09/07/2020
Publicación: 14/07/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN VI - SECTOR AGROPECUARIO
CAPÍTULO V - CREACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR ANIMAL

Artículo 381

   (De las responsabilidades del tenedor de un animal).- 

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 18.471 de 27/03/2009 artículo 
9.
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