APROBACION DE LA LEY DE URGENTE CONSIDERACION. LUC. LEY DE URGENCIA




Promulgación: 09/07/2020
Publicación: 14/07/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN III - EDUCACIÓN

Artículo 188

   (Integración).- La Comisión Coordinadora de la Educación Pública estará integrada por:

A) El Ministro o, en su defecto, el Subsecretario de Educación y
   Cultura.

B) El Director de Educación del Ministerio de Educación y Cultura.

C) Un representante por la Universidad de la República.

D) Un representante por la Universidad Tecnológica.

E) El Presidente o, en su defecto otro integrante con voto, del Consejo
   Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública.

F) Un representante de las instituciones de formación militar.

G) Un representante de las instituciones de formación policial.

H) Un representante de las Escuelas de Formación Artística del Servicio
   Oficial de Difusión, Representaciones y Espectáculos.
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