CREACION DEL FONDO SOLIDARIO COVID-19




Promulgación: 08/04/2020
Publicación: 16/04/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 133/020 de 24/04/2020.
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Créase el "Fondo Solidario COVID-19" destinado a atender en forma exclusiva las erogaciones provenientes de:

1) Toda actividad estatal destinada a la protección de la población
   frente a la emergencia sanitaria nacional.

2) Las erogaciones que deba atender el Ministerio de Salud Pública y
   demás prestadores públicos de la salud de manera directa o mediante
   ayudas y transferencias a los prestadores privados.

3) Las actividades de prevención, mitigación, atención y rehabilitación a
   cargo del Sistema Nacional de Emergencias, en el marco del estado de
   emergencia sanitaria declarado por el Poder Ejecutivo.

4) El pago de las prestaciones del Seguro por Enfermedad y del Seguro por
   Desempleo brindados por el Banco de Previsión Social, a causa de la
   emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19 (coronavirus) desde el
   13 de marzo de 2020.

5) La caída en la recaudación del Banco de Previsión Social derivada de
   la reducción de actividad económica.

   La titularidad de dicho Fondo, así como su administración estará a cargo del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas.
Referencias al artículo

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - DANIEL SALINAS
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