REGULACION DEL EJERCICIO DE LA PROFESION DEL TRABAJO SOCIAL O SERVICIO SOCIAL




Promulgación: 16/08/2019
Publicación: 11/09/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 5

   (De los cursos habilitantes).- La duración y contenido curricular de la formación habilitante para el ejercicio profesional del Trabajo o Servicio Social que se dicta en la Universidad de la República o universidades privadas habilitadas para tal fin, deberán cumplir con las exigencias normativas definidas por las autoridades estatales competentes en relación a las carreras universitarias de grado, expresado en sus respectivos planes de estudio.
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