El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 8
(Equipo técnico y soporte administrativo).- El equipo técnico de apoyo, supervisión y seguimiento quedará conformado por funcionarios del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay y de todas las Instituciones integrantes del Sistema Integral de Protección a la Infancia y la Adolescencia contra la Violencia (SIPIAV). La conducción y supervisión del Equipo Técnico estará a cargo de la Coordinación del Sistema Integral de Protección a la Infancia y la Adolescencia contra la Violencia (SIPIAV) y el soporte administrativo estará a cargo del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay.